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NORMAS ESCOLARES
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NORMAS ESCOLARES
* Reglamento General
Todas las actividades que involucren el trabajo educativo con los menores, se acompaña de Responsabilidad, calidad, calidez y compromiso, a fin de cubrir los objetivos del Colegio.
El presente reglamento norma el trabajo educativo que se lleva a cabo en el Colegio y trasciende a los padres o tutores.
1. Para el nivel de preescolar el servicio se brinda de acuerdo con el calendario escolar de la SEP.
2. Los alumnos deberán presentarse puntualmente según el horario establecido.
3. El horario de clases para preescolar será de 7:45 a 13:30 hrs.
4. Para la hora de salida de los alumnos habrá 30 minutos de tolerancia después de este tiempo se cobrara servicio de estancia de $30.00 pesos por cada media hora de retraso.
5. No se entregara a ningún niño si la persona que lo recoge no está autorizada por los padres y registrada en la tarjetón proporcionado por el Colegio para la identificación del alumno.
6. El alumno deberá presentarse diariamente con el uniforme correspondiente completo, limpio y marcado con su nombre para evitar confusiones o pérdidas.
El uniforme para el diario consta de:
• NIÑAS: jumper liso color azul marino, playera blanca tipo polo, suéter rojo con el escudo de la escuela, calcetas azul marino y zapatos negros (de preferencia de suela de goma).
• NIÑOS: pantalón liso color azul marino, playera blanca tipo polo, suéter rojo con el escudo de la escuela, calcetines azul marino y zapatos negros (de preferencia de goma).
El uniforme para educación física consta de:
• Pants azul marino, playera Blanca, calcetas y tenis blancos.
7. Queda estrictamente prohibido ingresar al colegio con juguetes, dulces, cartas, globos y alhajas (esclavas, pulseras o medallas), el colegio no se hace responsable de la pérdida o deterioro de estos objetos.
8. Los niños deberán traer las uñas limpias y el pelo bien cortado, en caso de las niñas deberán asistir con el cabello levantado. Los niños no podrán entrar al colegio con pijama o disfraces.
9. Los alumnos deberán ingresar al colegio desayunados y con un refrigerio nutritivo para la hora del lunch o bien pasar al área de administración para solicitar el servicio de comedor.
10. Los padres de familia deberán reportar al Colegio la (s) inasistencia (s) de los alumnos en caso de enfermedad, ya sea por escrito o por teléfono, permitiéndole incorporase previo la presentación del certificado médico.
11. Cuando se trate de alguna enfermedad contagiosa los alumnos podrán reincorporarse hasta presentar la constancia médica (alta).
12. Para tratar cualquier asunto relacionado con el servicio del Colegio o con el aprendizaje de sus hijos, los padres deberán solicitar cita en la dirección con la finalidad de no interrumpir las labores educativas.
13. Para las actividades que se realicen fuera del Colegio, los padres deberán firmar los permisos correspondientes y entregarlos a las maestras como máximo dos días después de haber recibido el permiso.
14. La celebración de los cumpleaños, deberá notificarse con ocho días de anticipación. Quedando prohibido los confetis y piñatas.
II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PADRES
1. En caso de suscitarse algún accidente, la dirección comunicara a los padres de familia y/o persona autorizada para que acuda al Colegio y estar en posibilidad de trasladar al menor al lugar de atención si así lo requiriera.
2. Deberán asistir a las conferencias, convivencias, eventos y curso que se organice el Colegio.
3. Participar en las actividades extraescolares que contribuyan al desarrollo social y de valores de sus hijos, así como cooperar en aquellos casos en los que se contemple un gasto extraordinario como vestuarios y otros que se requieran.
4. Entregar en el Colegio los acuses de recibido de todas las circulares que se les envíen.
5. Los padres de familia que utilicen automóvil para trasladar a sus hijos al Colegio, deberán formarse en un solo carril activando sus luces intermitentes para evitar tráfico y accidentes en la hora de entrada o salida.
III NORMAS ADMINISTRATIVAS
1. Los pagos por concepto de colegiatura deberán cubrirse dentro de los primeros diez días naturales de cada mes. A partir del día 11 y hasta el 15, se aplicara un cargo adicional del 10%, a partir del 16 y hasta el 20 se aplicara un cargo adicional del 15% y a partir del 21 y hasta el 30 se aplicara un cargo adicional del 20% sobre la cantidad adeudada.
2. Los pagos de colegiaturas podrán realizarse en la administración del Colegio, por transferencia interbancaria o por depósito bancario.
3. En caso de que el pago de la colegiatura no sea cubierto en el mes correspondiente, se hará un cargo moratorio mensual acumulable del 5%, el cual se aplicara sobre el saldo insoluto que se adeude a la fecha de pago.
4. Los padres que adeude tres meses de colegiatura, recibirá un aviso de suspensión de su hijo, debiendo cubrir sus pagos a la brevedad posible para evitar dicha suspensión.
5. El adeudo de colegiatura seguirá vigente, en tanto los padres no se presenten a la dirección del Colegio a firmar la baja oficial de su hijo.
6. La inasistencia del alumno, cualquiera que sea la causa, no justifica la falta de pago, no dan derecho a reducción de cuotas.
7. Los pagos por concepto de inscripción serán devueltos a los padres de familia, una semana después que notifiquen por escrito al Colegio, su decisión de que el alumno no participe en el siguiente ciclo escolar y bajo los siguientes criterios:
a) 100% cuando la notificación se reciba un mes antes del inicio del ciclo escolar.
b) Pasado este término, las cuotas de inscripción y cuota anual ya no serán reembolsables, debido al perjuicio que se causa al Colegio al quedar una plaza vacía.
8. El horario para cubrir pagos es de 8:00 a 16:00 horas de lunes a viernes.
9. Los empleados de administración y contabilidad no tienen facultades para hacer excepciones ni tomar decisiones que no estén establecidas dentro de este reglamento.
10. Aquellos alumnos que presenten tres mensualidades vencidas se les suspenderá el servicio educativo y se procederá a la baja respectiva. Para continuar otorgando el servicio educativo se deberá cubrir el importe total del adeudo.
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